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Carga tributaria al adquirir una propiedad en España

Todos sabemos que la adquisición de una vivienda es una de las inversiones más importantes que haremos en nuestra vida, por eso además de las calidades técnicas y estéticas del inmueble, la cuestión financiera es una de los puntos fundamentales a tener en cuenta.

También debemos ser conscientes que el precio de oferta no será el total que tendremos que desembolsar, sino que también tendremos que hacer frente a otros gastos e impuestos que incrementarán en una proporción no menor ese valor.

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Impuestos al adquirir una vivienda nueva

Si hemos optado por comprar una vivienda nueva el gravamen fundamental será el Impuesto al Valor Agregado (IVA), cuyo valor es del 10 % de la vivienda, aunque existen algunas excepciones, en Canarias el equivalente al IVA es del 6,5% (en esta Comunidad Autónoma este impuesto recibe el nombre de Impuesto General Indirecto Canario IGIC) y también podemos encontrar reducciones al tratarse de viviendas de protección oficial (en este caso el IVA aplicable es del 4 %). Otro impuesto que nos tocará pagar con respecto a este tipo de vivienda consiste en el Impuesto Sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), este impuesto grava los documentos notariales y se calcula sobre el valor de la escritura, oscilando entre el 0,5 % y el 1,5 % del precio del inmueble. El tipo aplicable dependerá de dónde se localice la vivienda.

Impuestos al adquirir una vivienda de segunda mano

En el supuesto que optemos por la compra de una vivienda de segunda mano no tendremos que pagar IVA, pero sí, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), cuyo tipo también dependerá de la Comunidad Autónoma donde se encuentre la propiedad. El valor de referencia que servirá como base imponible lo fijará la Dirección General de Catastro de acuerdo a los datos de precios de ventas de bienes inmuebles que faciliten los notarios y registradores de la propiedad (esto según una reforma impositiva de enero de 2022). En principio, el tipo que se aplica suele ser de entre 6% y 10%. En la actualidad solo se toma en cuenta el valor escriturado del bien inmueble solo en caso que sea superior al valor de referencia definido por la Comunidad Autónoma. 

En algunas comunidades autónomas se aplican reducciones sobre el IAJD o el ITP para jóvenes, familias numerosas, y otros grupos especiales.

En relación con la adquisición de una vivienda de segunda mano, otro impuesto a tener en cuenta es el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) que, en principio lo paga el vendedor, pero éste lo podrá repercutir al comprador en la proporción que le corresponda por los días del año que lleve.

Te recomendamos que prestes mucha atención a estos impuestos porque junto con los gastos que en otro artículo te comentamos tendrás que contemplar un desembolso de entre 10 y 12 % del valor nominal de la propiedad que desees adquirir. Además, con respecto a los impuestos, al tratarse de un tema técnico y para nada sencillo, es recomendable que te asesores con verdaderos profesionales del sector que te ayudarán a realizar con éxito y sin riesgos la operación.



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